jueves, 19 de enero de 2012

El laberinto administrativo de la ONPE

Cuando se habla de la Oficina Nacional de Procesos Electorales - ONPE uno piensa que este órgano tiene como finalidad cumplir con los derechos de los ciudadanos cuando éstos los requieran y no postergar antojadiza e irresponsablemente sus solicitudes que fueron presentadas, como ocurre con el recurso presentado el 22 de septiembre del 2011 (https://picasaweb.google.com/109084443752019494432/SolicitudDeKitElectoral?authuser=0&authkey=Gv1sRgCKjEvLTKip3R-QE&feat=directlink) por mi persona como representante legal del nuevo Frente Nacional Unitario por la Asamblea Constituyente (FRENUAC), solicitando a esta entidad me expida el kit electoral para recolectar las firmas que nos lleve a un referéndum para reformar de manera total la Constitución vigente a través de una Asamblea Constituyente y construir una Carta Magna que realmente proteja nuestros derechos fundamentales.

Sin embargo, la ONPE, con fecha 04 de octubre del 2011 (https://picasaweb.google.com/109084443752019494432/LaONPEPideSubsanarLaSolicitudDelKitElectoral?authuser=0&authkey=Gv1sRgCMOmzfTh2eb2sgE&feat=directlink) a través del Oficio N° 2077 manifestó que nuestro recurso debe de ir acompañado por un proyecto de Ley sobre lo que queremos reformar; es decir que hagamos una nueva Constitución y argumentemos artículo por artículo el porqué queremos reformarlos, con exposición de motivos, comentario sobre la incidencia ambiental, análisis costo - beneficio, entre otros puntos irrelevantes, amparándose en el Art. 75 del Reglamento del Congreso, porque éste así lo señala; sin embargo es necesario precisar que el Reglamento del Congreso regula situaciones jurídicas del Legislativo, es decir de los congresistas, y mi persona no tiene porque acogerse a esa normativa porque dicha solicitud es una iniciativa ciudadana mas no legislativa y me veo regulado por la Ley de participación ciudadana y la Ley del procedimiento administrativo, así como la propia Constitución; es como si un civil cometiera un delito pero es juzgado por el fuero militar.

ONPE

Pero a pesar de haber señalado esos puntos en nuestro recurso de queja de fecha 19 de octubre del 2011 (https://picasaweb.google.com/109084443752019494432/SubsanacionDeLaSolicitudDelKitElectoral19102011?authuser=0&feat=directlink) Exp. N° 17235, argumentando además que no tiene ningún sentido lógico - jurídico que mi persona presente ese proyecto de la nueva Constitución, ni realizar comentarios sobre el impacto ambiental, ni el análisis costo-beneficio porque justamente de eso se encarga la Asamblea Constituyente, del debate general de la nueva Constitución a cargo de los asambleístas y qué es lo que se debe reformar; dudo mucho que Haya de La Torre haya realizado solito la Constitución del 79. Lo único que nosotros requerimos es que se nos venda el kit electoral para recolectar las firmas que se necesitan y así llamar a un referéndum para reformar la Constitución a través de una Asamblea Constituyente, que es la forma más democrática de construir una Constitución Política.

Seguido a esto, la ONPE resolvió nuestro recurso de subsanación (https://picasaweb.google.com/109084443752019494432/1RespuestaNegativaDeLaONPE?authuser=0&feat=directlink), manifestando en principio que no entendían qué cosa era lo que queríamos reformar, si la Constitución completa, o sólo el Art. 206 (Oficio N° 187-2011-JAACTD-SGCAA-SG/ONPE de fecha 21 de noviembre del 2011), además de determinar expresamente que se considere como no presentada mi solicitud N° 015906 de fecha 22 de septiembre del 2011 y que se vaya al tacho administrativo nuestro derecho a la participación política sin señalar siquiera que tenemos derecho a la segunda instancia, es decir, a apelar ante el Jurado Nacional de Elecciones - JNE como realmente corresponde. Posteriormente presentamos una queja ante la Secretaría General de la ONPE contra dicha resolución el 30 de noviembre del 2011 (https://picasaweb.google.com/109084443752019494432/RecursoDeQuejaPresentadoAnteLaONPE?authuser=0&feat=directlink) Exp. N° 19518 porque es ilógico se nos obligue a cumplir la ardua tarea que tendría en este caso la Asamblea Constituyente en hacer la nueva Constitución que nuestro pueblo tanto reclama; sin embargo como era de esperarse el 21 de diciembre del 2011 (https://picasaweb.google.com/109084443752019494432/2RespuestaNegativaDeLaONPE?authuser=0&feat=directlink) la misma Secretaría General a través de la Resolución N° 044-2011-SG/ONPE, declaró infundada mi apelación y por ende, mi recurso, señalando además (como si estuviéramos jugando) lo siguiente: "... es necesario precisar que la dispensa de los requisitos establecidos por el Reglamento (del Congreso) opera únicamente para el Congreso de La República; por lo que nuestra entidad no puede arrogarse dicha facultad..."; es decir, que en su misma resolución N° 044-2011 pág. 2, manifiesta que el reglamento regula situaciones jurídicas sólo del Congreso; entonces porqué dijeron que teníamos que presentar dicho proyecto de Ley de la nueva Constitución amparándose a ese Reglamento del Congreso, si ahora expresamente dicen que no corresponde? ¿Qué es lo que realmente esta pasando en esa entidad y porqué no se nos quiere vender el kit? Porque quizás están seguros que sí podemos conseguir las firmas que se necesitan y todo este embrollo se está maquinando desde Palacio y realmente tienen que preocuparse porque sí lo vamos a conseguir.

Para finalizar toda esta novela administrativa, el pasado 13 de enero del año actual (https://picasaweb.google.com/109084443752019494432/RecursoExtraordinarioDeNulidadPresentadoAnteLaONPE?authuser=0&feat=directlink) se interpuso ante la ONPE un recurso extraordinario de nulidad contra la Resolución atrás señalada, que realmente es una burla, y que todo el expediente que obra en ONPE sea elevado como corresponde ante el JNE para que éste ordene la venta del kit que seguimos requiriendo y no se siga postergando una vez más nuestros sagrados derechos que tenemos, derechos que defenderemos con el filo del machete, porque no se puede tolerar que una Institución del Estado que supuestamente tiene la obligación de cumplir y respetar nuestros derechos, se burle de los mismos .Porque toda esta novela administrativa innecesaria es una burla no solo hacia mi persona, sino a miles de hermanos que están esperando el kit para de una vez recolectar las firmas que se necesitan para reformar esta Constitución espuria a través de una Asamblea Constituyente. Nuestra respuesta a este atropello no solo será jurídica, sino también será política, estaremos parados afuera de sus burocráticas oficinas las veces que sean necesarias gritándoles y exigiéndoles cumplan con nuestros derechos, puesto que éstos no se mendigan, se conquistan con el filo de la espada y la terquedad al lado como nuestra compañera.

Hasta la victoria siempre

Lucho Trinidad.

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